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Cuellos Blancos: padre de excongresista Guillermo Aliaga fue condenado por acuerdos irregulares con Walter Ríos

por Ideso TV
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Tras admitir su culpabilidad, Guillermo Aliaga Manassevitz , padre del excongresista Guillermo Aliaga (Somos Perú) fue condenado a tres años, cinco meses y diecinueve días de prisión suspendida condicionalmente -por el plazo de tres años- debido a los acuerdos irregulares con el entonces presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos, para influir en procesos judiciales.

Aliaga, quien venía siendo investigado desde el 2020, llegó a un “acuerdo de terminación anticipada” con la Fiscalía y la Procuraduría Anticorrupción contemplada en el Código Procesal Penal. Es decir, admitió su culpabilidad en los cargos que le formuló la fiscalía, lo que le permitió reducir su sentencia como instigador del delito de tráfico de influencias en agravio del Estado, según la resolución a la que accedió El Comercio.

El procesado fue denunciado como parte de los implicados en el “Caso los Cuellos Blancos del Puerto” tras haberse difundido diversos audios y testimonios que lo vinculaban en un intercambio de favores para Ríos Montalvo a cambio de que éste interceda en el proceso judicial de su hermano Eduardo Aliaga.

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En el 2020, el exparlamentario también fue vinculado a Los Cuellos Blancos tras la declaración de un colaborador eficaz quien aseguró que habría participado en reuniones con el expresidente de la Corte Superior del Callao Walter Ríos y su asesor, Gianfranco Paredes.

Procesos familiares

Según la resolución de la condena emitida por el Poder Judicial, Aliaga y Ríos habrían llegado a un acuerdo criminal de influir en la decisión de magistrados de los Juzgados de Familia de la Corte Superior del Callao, para emitir una resolución favorable al tío del excongresista.

La acusación de la fiscalía advierte que la influencia se dio en las causas ante el Cuarto y Quinto Juzgado de Familia del Callao por violencia familiar. Los expedientes se tramitaron en octubre y noviembre del 2017.

Ríos Montalvo encargó las gestiones a su asesor Gianfranco Paredes Sánchez. Para ello, Aliaga Manassevitz le había entregado al entonces juez el servicio gratuito de impresión del “Semanario Judicial de la Corte Superior de Justicia del Callao”, a través de la empresa “Corporación Gráfica Aliaga SAC – COGRAL SAC, de la que era gerente general desde enero del 1987.

Se llegaron a imprimir quince ediciones de boletines con quinientos ejemplares de tiraje, desde octubre o noviembre de 2017 hasta junio de 2018.

El acuerdo de terminación anticipada había sido dispuesto a fines del 2021; sin embargo el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria lo rechazó. El caso fue elevado ante la Sala Suprema Penal Permanente, que en julio del 2022, revocó dicha decisión y dispuso que la primera instancia judicial suprema dicte un nuevo auto aprobando el acuerdo y la condena contra el padre del excongresista.

Sentencia ejecutoriada

Es así que, el pasado 9 de febrero, el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley, en cumplimiento de lo dispuesto por la instancia superior, dictó el auto de terminación anticipada, condenando a Aliaga Manassevitz por corrupción. Además, le impuso reglas de conducta.

“En consecuencia, aprobar el acuerdo parcial de terminación anticipada del proceso penal (…) y condenar a Guillermo Antonio Aliaga Manssevitz como instigador del delito de tráfico de influencias en agravio del Estado a tres años, cinco meses y diecinueve días de pena privativa de libertad, suspendida condicionalmente por el plazo de tres años”, se indica en el documento judicial.

Entre las reglas de conducta, se incluye informar al Juzgado Supremo cada vez que se ausente del lugar de su residencia y comparecer cada 60 días al tribunal personal y obligatoriamente, para informar y justificar sus actividades.

Además, se fijó la reparación civil en S/60 mil. De ese monto, pagó S/20 mil antes de la audiencia de terminación anticipada, y el resto será en cinco armadas por ocho mil soles, bajo los apercibimientos previstos en el Código Penal.

Lee aquí la sentencia:

Extraído de El Comercio

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