La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de Perú aprobó este lunes archivar las denuncias contra la vicepresidenta, Dina Boluarte, sobre supuesta infracción a la Constitución por gestión de un club privado en el momento que ejercía un cargo público.
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El informe final, presentado por el legislador de Juntos por Perú, Edgard Reymundo, y aprobado con 13 votos a favor y ocho en contra, recomendó el archivo de la Denuncia Constitucional No 268 y la No 269.
En este sentido, Reymundo precisó que la primera denuncia señala probable infracción constitucional del artículo 126 de la Constitución mientras que la segunda acusa de “presunta comisión de los delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales y negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo”.
#Ahora l En la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, se debate el informe final de las DC 268 y 269 acumuladas contra la exministra de Desarrollo e Inclusión Social, Dina Boluarte, por presunta infracción a la Constitución y delitos.
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December 5, 2022
A partir de ello, el documento expresa que “no se ha determinado que el trámite de renuncia presentado por la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) haya sido irregular y por ende que se haya infringido el artículo 126 de la Constitución”.
De igual forma, el texto apunta que tampoco existen indicios que “permitan determinar que la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra se haya indebidamente interesado en la contratación del señor Alfredo Florentino Pezo paredes con la Contraloría General de la República”.
Por su parte, el abogado de Boluarte, Alberto Otárola, afirmó que se demostró que las denuncias se basaban en actos de regularización registral que no comprometían la función de ministra al no afectarse los intereses del Estado.
En consonancia, destacó que “lo que se ha estimado a través del informe del congresista Raymundo es desestimar la afectación de los artículos 38 y 126 de la Constitución y los supuestos ilícitos penales que tampoco se han configurado”.