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Ica: cuestionan proyecto de ley que podría sancionar a periodistas que revelen chats de investigaciones

por Ideso TV
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Serios cuestionamientos ha generado un proyecto de ley, del congresista por Ica, José Luis Elías Avalos, que podría perjudicar investigaciones periodísticas. Ha sido calificado como un mecanismo de censura a la prensa.

Se presentó ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, el predictamen recaído en el Proyecto de Ley 5849/2023- CR, que con texto sustitutorio modifica el artículo 164 del decreto legislativo N° 635 Código Penal. La autoría principal es del parlamentario por Ica.

En el documento se indica que el Decreto Legislativo N° 635, Código Penal, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de abril de 1991, respecto a la publicación indebida de comunicaciones preciso: “Artículo 164.- Publicación indebida de correspondencia. El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar o telegráfica, no destinada a la publicidad, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con limitación de días libres de veinte a cincuenta y dos jornadas.”

Para el congresista Elías Avalos, este artículo debe ser modificado. En la documentación presentada señala que debe ser con el siguiente texto: “Artículo 164.- Publicación indebida de las comunicaciones. El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar, telegráfica, de mensajería instantánea o correo electrónico, no destinada a la publicidad y sin que medie interés público, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con limitación de días libres de veinte a cincuenta y dos jornadas”.

Frente al mencionado proyecto de ley, en un programa de noticias de Canal N se informó que la iniciativa del congresista del grupo parlamentario Podemos Perú, pretendería sancionar a periodistas y medios de comunicación que difundan conversaciones privadas —como chats o correos electrónicos— vinculadas a investigaciones en curso.

En la misma línea, la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, alertó que el pre dictamen perjudicaría la difusión de investigaciones periodísticas. Señalan que bajo la excusa de regular la publicación indebida de comunicaciones, se criminalizaría la difusión de mensajería instantánea y correos electrónicos. De aprobarse este texto legal los periodistas que publiquen este tipo de comunicaciones podrían enfrentar procesos penales por cumplir con su rol informativo.

Añaden que, esta propuesta, debatida por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos en su sesión del 3 de setiembre, permitiría iniciar procesos contra periodistas y dejaría a discrecionalidad del juez el determinar si lo difundido es o no de interés público.

“Para la ANP, la fórmula propuesta contradice lo señalado en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que en su Principio 10 precisa que “Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. […]”.

En esa misma línea, la ANP indicó que, el Tribunal Constitucional ha interpretado la diferencia entre intimidad e interés público al señalar que “en relación a la interceptación de las telecomunicaciones y su divulgación por los medios de comunicación, está prohibida la difusión de información que afecte la intimidad personal o familiar, o la vida privada del interceptado o terceras personas, salvo que ella sea de interés o relevancia pública, lo que debe ser determinado en cada caso por el propio medio de comunicación”.

Finalmente, la ANP recordó que la difusión de chats y correos ha contribuido positivamente con la propalación de información de relevancia pública como los recordados chats “La Botica” y “Mototaxi” y otras revelaciones periodísticas a nivel nacional y local que han sido de indudable interés público.

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